Especialidad, subespecialidad y ACE en RI

Las cavilaciones de un intervencionista irritado

Cavilar, del latín cavillare; el diccionario de la RAE lo define como pensar con intención o profundidad y sus sinónimos son reflexionar, meditar, preocuparse. En psicología/psiquiatría se define como pensar continuamente sobre un asunto. Las cavilaciones sobre asuntos sin importancia son frecuentes en los enfermos ansiosos y depresivos. Respiro tranquilo porque creo que el asunto no es menor, sino más bien importante. Ya sé que está pensando alguno de ustedes: “a buenas horas mangas verdes”. Por cierto, la nota cultural: dícese de los “mangas verdes”, con bocamangas verdes, a los cuadrilleros o policías de la santa hermandad en tiempos de los Reyes Católicos que se ganaron su mala reputación por llegar siempre tarde a la hora de realizar sus diligencias. Pues sí, a este corresponsal le quedan dos telediarios y lo que le tendrían que preocupar son las noticias del tiempo y poco más. Pero la verdad, la reivindicación de la especialidad en Radiología Intervencionista, para mí, ha sido una bandera constante y permanente y, aunque solo sea por hábito, me preocupa.

Convendría conocer, si es posible, qué significan estos títulos en España: Especialidad, Subespecialidad y ACE, qué requisitos se requieren para obtener cada uno de estos títulos y qué privilegios, obligaciones y deberes suponen. Especialista en una rama médica, dícese de un médico que tiene formación específica en una determinada rama médica o quirúrgica. En España hay 51 especialidades médicas reconocidas, además de otras especialidades que se realizan en régimen de alumnado (Hidrología Médica, Medicina Legal, etc.) y otras especialidades multidisciplinares como Análisis Clínicos, Inmunología, Microbiología, Radiofarmacia y Radiofísica Hospitalaria. Estas especialidades están reguladas por el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada. Es la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, la que en su artículo 34, señala que la formación y el desarrollo de la competencia técnica de los profesionales deben orientarse a la mejora de la calidad del Sistema Nacional de Salud.

En el artículo 16 de dicha ley es donde, por primera vez, se habla de regular el procedimiento para la creación y revisión, y en su caso supresión, de los títulos de especialista en Ciencias de la Salud y los diplomas de área de capacitación específica. Ha llovido un bastante desde el año 2003, y da la sensación que no hay mucha prisa en ordenar y adecuar las especialidades médicas a los tiempos modernos. Concretamente un poco más de 19 años después , el BOE publica el Real Decreto 589/2022, de 19 de julio, por el que se regulan la formación transversal de las especialidades en Ciencias de la Salud, el procedimiento y criterios para la propuesta de un nuevo título de especialista en Ciencias de la Salud o diploma de área de capacitación específica (ACE) y la revisión de los establecidos, y el acceso y la formación de las áreas de capacitación específica; y se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación en especialidades en Ciencias de la Salud. Leo repetidamente, el Real Decreto y veo que es un pasito más de la Ley 16/2003, de 28 de mayo. Pasito corto y poco claro. Para la especialidad, veo un camino diáfano y concreto, siempre que el Ministerio y las CCAA (al menos 17) quieran y sin embargo, observo una vereda tortuosa de difícil ejecución y encaje para la ACE (Área de Capacitación Especifica).

Al parecer todavía no hay ninguna propuesta en el Ministerio para la actividad conocida como Cirugía Mínimamente Invasiva Guida por Imagen, Radiología intervencionista, Cirugía Endovascular, Nefrología intervencionista, Endoscopia Intervencionista o Neumología Intervencionista. Pero sin embargo, ya existen muchas dudas ¿Que especialidades podrán solicitar esta ACE? ¿Sera una acreditación transversal multiespecialidad? ¿Cuáles serían los criterios necesarios para solicitarla? ¿La ACE tendría una independencia orgánica o dependería de las jefaturas de diferentes especialidades? ¿Se nombraría un jefe de servicio en funciones, coordinador o “encargado”? Este quehacer medico tiene en la actualidad carteras de servicios coincidentes mas o menos cuestionables, pero lo que es obvio es que todas estas especialidades necesitarían utilizar alta tecnología de imagen (y están en su derecho y los pacientes se lo merecen). ¿Como se armonizaría la formación en imagen sobre todo para las especialidades no radiológicas? Me consta, que en la administración existen dudas y muchas lagunas difíciles de resolver, sobre todo con respecto a la ACE. Seguro que hay que trabajar mucho. El problema está en relación con los actores invitados para tomar decisiones. ¿Las Sociedades científicas? ¿Las comisiones nacionales de la especialidad? ¿Los verdaderos involucrados o sea los que trabajamos a diario en el intervencionismo? Hay otra solución, la unamuniana, “que resuelvan ellos”. Podemos esperar otros 19-20 años y es posible como aseguran en el dialogo del pórtico del templo (Unamuno 1906) Román y Sabino todo nos lo den hecho. Dice Román “Inventen, pues, ellos y nosotros nos aprovecharemos de sus invenciones. Pues confío y espero en que estarás convencido, como yo lo estoy, de que la luz eléctrica alumbra aquí tan bien como allí donde se inventó” SABINO apostilla: Acaso mejor

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